La transmisión, no autorizada, de datos personales de particulares incursiona en el ámbito reservado de la intimidad de los usuarios y/o clientes. En relación con los servicios de salud, públicos y privados, las bases de datos de los pacientes son las más sensibles, pues al reflejar los datos del estado de salud de los mismos, son sumamente susceptibles de ser blanco de una serie de intereses de diversa índole. La transmisión de las bases de datos que revelan este tipo de información, es una práctica común en nuestro país, en vista de que carecemos de una Ley de Protección de Datos Personales. La protección de dichos datos es un aspecto que merece ser reforzado, en vista de que la divulgación de los mismos causa estragos irreversibles que tienden a modificar las relaciones humanas, afectivas, profesionales y laborales de los titulares de dicha información. Tema de especial interés lo constituye el expediente clínico, bien de naturaleza difusa, un tanto inherente al paciente, un tanto exclusiva de la institución médica, el cual debe ser protegido con sigilo.
Palabras clave: Datos personales expediente clínico.
2006-12-12 | 2,612 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 17 Núm.42. Enero-Marzo 2007 Pags. 35-40 Rev CONAMED 2007; 12(1)