Declaración de Helsinki sobre ética en la investigación médica

Autor: Ramírez Rivera Nilda Alejandra

Fragmento

Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial Principios éticos aplicables a las investigaciones médicas que involucran seres humanos. Adoptada por la 18va. Asamblea General, Helsinki, junio 1964 y corregida por: 29 a Asamblea General, Tokio, octubre 1975 35 a Asamblea General, Venecia, octubre1983 41 a Asamblea General, Hong Kong, septiembre de 1989 48 a Asamblea General, Somerset West (África del sur), octubre 1996 52 a Asamblea General, Edimburgo, Escocia, octubre 2000 A. INTRODUCCIÓN 1. La Asociación Médica Mundial formuló la declaración de Helsinki como una base de principios éticos cuyo objetivo es proporcionar una guía a médicos y a otros participantes en la investigación médica que se realiza en seres humanos. La investigación médica que involucra seres humanos comprende tanto los estudios del material humano como los datos identificables. 2. Es deber del médico promover y preservar la salud del ser humano. El conocimiento y la conciencia del médico están dedicados a cumplir completamente este deber. 3. La declaración de Ginebra de la Asociación Médica mundial compromete al médico con los siguientes términos: "La salud de mi paciente será mi primera preocupación" y el Código Internacional de Ética Médica declara que "un médico deberá actuar únicamente de acuerdo con el interés de su paciente cuando proporcione atención médica que pudiera tener el efecto de debilitar su condición física o mental". 4. Los avances de la medicina se basan en investigaciones que, en su etapa final, involucran experimentos en seres humanos. 5. Cuando se realiza una investigación médica en seres humanos, las consideraciones relacionadas al bienestar del ser humano deben anteponerse a los intereses de la ciencia y de la sociedad. 6. El objetivo esencial de la investigación médica realizada en seres humanos es mejorar los métodos profilácticos, diagnósticos y terapéuticos, así como la comprensión de las causas y los mecanismos de las enfermedades. Los métodos profilácticos, diagnósticos y terapéuticos, aun los más aceptados, deberán constantemente ser evaluados por medio de investigaciones sobre su efectividad, eficiencia, accesibilidad y calidad. 7. Tanto en la práctica como en la investigación médica, la mayoría de los métodos profilácticos, diagnósticos y terapéuticos involucran riesgos y gastos. 8. La investigación médica está sujeta a normas éticas que promueven el respeto, la protección de la salud y de los derechos de todos los seres humanos. Algunas personas participantes en la investigación son más vulnerables y necesitan protección especial. Deben reconocerse las necesidades particulares de las personas desfavorecidas en el aspecto económico y médico. Se requiere también una atención especial para aquellos que no sean capaces de autorizar o negar por sí mismos su consentimiento, para aquellos susceptibles de dar su consentimiento bajo presión, para los que no se beneficiarán personalmente con la investigación y para aquellos en los cuales la investigación se combina con la atención médica. 9. Los investigadores deben conocer las disposiciones éticas, legales y reglamentarias nacionales e internacionales, para realizar investigación en seres humanos. Ninguna disposición nacional de orden ético, legal o reglamentario deberá reducir o eliminar alguna de las medidas protectoras enunciadas en la presente declaración.

Palabras clave: Declaración de Helsinki investigación médica.

2005-10-07   |   6,996 visitas   |   3 valoraciones

Vol. 2 Núm.1. Enero-Junio 2002 Pags. 5-9 Rev Méd UV 2002; 2(1)