Cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas para el llenado del Consentimiento Informado de procedimientos anestésicos en el Hospital de Alta Especialidad de Veracruz

Compliance with the Official Mexican Standards for Filling out the Informed Consent for Anesthetic Procedures at the High Specialty Hospital of Veracruz 

Autores: Torres Medina Verónica, Montes Martinez Veronica, Leyvi Hernández Nancy, Varela Pérez Vionet

Completo

Introducción

El principal objetivo del sistema de salud de México desde sus inicios es alcanzar la máxima calidad en los servicios de salud, que en este caso estaría encaminado a lograr la máxima calidad de vida del paciente. El Consentimiento Informado de Anestesiología responde a una problemática actual y pondera el principio bioético de Autonomía, teniendo presente que en cualquier intervención de tipo quirúrgico se encuentra presente el riesgo de lesión o hasta de la propia muerte del paciente, quien tiene el derecho de tomar una decisión informada y libre de coerción sobre enfrentar tales riesgos por lo que debe tener oportunidad de hacer preguntas y obtener información personalizada con respuestas claras y honestas1. El Consentimiento Informado de anestesiología, se encuentra regulado en la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012. Del Expediente clínico, en el punto 10 “de otros documentos”, 10.1 2, y la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA3-2017 Para la práctica de anestesiología, en el punto 8 “de los prestadores de servicios de anestesiología”, sección 8.2 3. De acuerdo a estas normas, el personal médico debe estar familiarizado con este apartado, puesto que es el responsable de obtener el consentimiento informado, así como de explicar y responder las dudas que pudiera exponer el paciente; además, existen requisitos específicos que debe contener dicho documento médico- legal, de observancia obligatoria debe contener. De aquí el interés de abordar como tema de estudio de la presente investigación el cumplimiento de la norma para el llenado del consentimiento informado de procedimientos anestésicos en pacientes sometidos a cirugía de tibia y peroné en un hospital de tercer nivel de atención. 

Material y métodos

De enero a febrero de 2024 se realizó un estudio observacional, transversal, descriptivo y retrospectivo para determinar el cumplimiento de la NOM-004-SSA32012, del expediente clínico y la NOM-006-SSA3-2017 para la práctica de la anestesiología con relación al llenado del consentimiento informado de procedimientos anestésicos en pacientes sometidos a cirugía de tibia y peroné durante los meses de enero a julio del año 2022, en el Hospital de Alta Especialidad de Veracruz. Se incluyeron expedientes de pacientes de 18 años o más, sometidos a cirugía electiva o de urgencia, con cualquier modalidad anestésica. Se excluyeron expedientes incompletos. El tamaño de muestra se estimó mediante fórmula para muestra finita, considerando que durante 2022 se efectuaron 174 cirugías de tibia y peroné según los registros anestésicos, obteniéndose un total de 110 expedientes. Se revisó en todos los formularios de consentimiento informado en anestesia (CIA), lo relacionado con el cumplimiento de los elementos la sección 10.1 y del apartado D17 del Apéndice A de la NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico, así como lo estipulado en la sección 8.2 de la NOM-006-SSA3-2017 para la práctica de la anestesiología. Los datos se procesaron en software Excel estimándose medidas de tendencia central (media, moda, mediana y desviación estándar) y porcentajes de cada uno de los indicadores que se seleccionaron en el instrumento correspondiente para la recolección de la información.

Consideraciones éticas

El presente protocolo se apega a los lineamientos de la Ley General de Salud de México, promulgada de 1986, artículo 28; capitulo IX, artículo 30,31 (incisos B, Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de investigación para la Salud) y a las convenciones de Helsinki y Tokio; hasta la última declaración (64°), en fortaleza Brasil 2013. Así como a los lineamientos de la Norma Oficial Mexicana para la investigación científica NOM-012-SSA3-2012. El protocolo corresponde a un estudio en el cual se maneja información que se encuentre recabada a través del Expediente Clínico sin realizar intervención o utilización de procedimientos que impliquen algún riesgo físico o moral para el paciente y la información será manejada de forma discreta por medio de códigos numéricos asignados para guardar absoluta confidencialidad de cada participante y sus resultados. El estudio fue aprobado por el comité de investigación de la sede hospitalaria, de conformidad con el Reglamento General de Salud en Materia de Investigación.

Conflicto de intereses

Los autores declaran que no tienen conflicto de intereses. En la presentación del artículo.

Financiación

El estudio fue financiado por la Institución donde fue realizado. No se obtuvo financiación externa.

Resultados

De los 110 expedientes clínicos que conformaron la muestra de estudio, el 100% contaban con Consentimientos Informados de Anestesia (CIA). En cuanto a la edad de los pacientes, 49% se encontraba entre los 18 y 38 años, 29% entre los 39 y 59 años y 24% entre los 60 y 68 % años. Con respecto al sexo de los pacientes, el 71% de pertenecían al sexo masculino y 29% al sexo femenino. En relación con los elementos que debe contener el CIA se documentó lo siguiente: El Título del documento se señalaba correctamente en el 100% de los CIA. El 67% de los expedientes si contenían el Lugar y la Fecha en el CIA. El 66% de los CIA especificaban el Procedimiento a realizar, mientras que 34% carecían de este dato. Se dejó constancia de la información otorgada al paciente acerca de los riesgos y beneficios del procedimiento anestésico en el 74% de los CIA y en el 26% de ellos, no. El nombre completo y firma del paciente o nombre completo y firma de familiar responsable se documentó en el 85 % de los CIA pero no fue así en el 15% de ellos. El 55% de los médicos anestesiólogos firmaron y pusieron su nombre completo en el CIA y el 45% no lo hicieron. En cuanto al Nombre completo y firma de testigos, el 38 % de los CIA sí fueron firmados por los testigos y un 62% no contenían dicha firma, tabla 1. Es importante precisar que, de los 110 expedientes revisados, solo 15 (14%) cumplían con el 100% de la normatividad relacionada con el adecuado llenado del consentimiento informado en Anestesiología, es decir contenían correctamente todos los datos y elementos que establecen las normas oficiales mexicanas correspondientes, figura 1.

Discusión

En este trabajo se evaluó el llenado correcto del consentimiento informado de anestesiología, de acuerdo con la NOM–004–SSA3–2012 y NOM-006-SSA3-2017, en 110 expedientes de pacientes intervenidos de cirugía de tibia y peroné en el Hospital de Alta Especialidad de Veracruz. Con relación al Consentimiento informado de anestesiología, fue en 1914 cuando –en los Estado Unidos de América- se reconoció por vez primera el derecho del paciente a la autonomía en la toma de decisiones, estableciéndose que para ejercerla es necesario brindar al paciente información suficiente y acorde al procedimiento que se realizará, así como a las características propias del enfermo4. Valdez-Martínez y Bedolla asientan que es el deber del médico proteger la dignidad, la integridad, el derecho a la autodeterminación, la intimidad del enfermo y la confidencialidad de la información obtenida de él, derechos que deben respetarse inclusive en el caso de las investigaciones retrospectivas que toman datos de los registros clínicos5,6. En México, la obligatoriedad de obtener el consentimiento informado está establecida desde la Ley General de Salud y en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica7,8. En el presente estudio, 100% de los expedientes analizados contaban con el consentimiento informado de anestesiología, este resultado es similar al reportado por Barillas en 51 pacientes atendidos en el Hospital General De San Juan en Guatemala, donde el 96.08% de los pacientes mencionó haber recibido y firmado un Consentimiento informado; el 1.96% indicó haberlo recibido, pero no lo firmó, en tanto que 1.96% de los pacientes no firmó ni recibió ningún consentimiento9. Lo anterior puede relacionarse con la difusión por parte de autoridades sanitarias hacia los médicos especialistas acerca del carácter obligatorio de solicitar autorización al paciente para realizar el acto anestésico y dejar constancia en el expediente clínico de la misma. El elemento contenido con mayor frecuencia fue el Título del documento mismo que se señaló correctamente en el 100% de los CIA, seguido por El nombre completo y firma del paciente o nombre completo y firma de familiar responsable (documentado en el 85%); en tercer lugar, se encontraron documentados los riesgos y beneficios del procedimiento anestésico (en el 74% de los CIA). Aquí cabe resaltar que el objetivo del presente estudio fue únicamente documentar el cumplimiento del adecuado llenado del CIA, sin profundizar en la comprensión del mismo por parte del paciente. Con relación a dicha comprensión, en la población estudiada por Barillas8, a pesar de que los pacientes indicaban haber recibido información sobre los riesgos, el 65% no pudo mencionar ninguno. El lugar y fecha del procedimiento anestésico fue el elemento encontrado en cuarto lugar (correspondiente al 67% de los CIA), el Procedimiento a realizar (66%), nombre completo y firma autógrafa del médico anestesiólogo (en 55%) y el elemento menos documentado fue el Nombre completo y firma de testigos, en el 38 % de los CIA. Futuros proyectos de investigación deberán analizar los factores que pudieron incidir en estos datos, tales como el tiempo con que se contaba para obtener el CIA y la compañía o no de familiares, dada la condición de pacientes foráneos que no es infrecuente en esta sede hospitalaria. Un punto para reflexionar, es la particular forma en que se desarrolla la relación médico-paciente en el campo de la anestesiología, pues muchas veces deriva de una sola entrevista pre-anestésica, en condiciones de tiempo limitado, dándose la siguiente interacción anestesiólogo-paciente directamente en el quirófano, contrariamente a las condiciones dadas con el cirujano, por ejemplo, con quien el paciente tiene oportunidad de mayor interacción o a quien puede ver como figura de mayor autoridad10. Es importante precisar que, de los 110 expedientes revisados, solo el 15 (14%) cumplían con el 100% de la normatividad, es decir contenían correctamente todos los datos y elementos que establecen las normas oficiales mexicanas correspondientes. En el estudio realizado por el Dr. Jorge Rubén Avilés Cañas, denominada “Aplicación de la Norma Oficial Mexicana para la práctica de anestesiología (NOM– 006–SSA-2011) en la evaluación pre anestésica del Hospital General CMN la Raza” se encontró que de 630 valoraciones anestésicas el 64.4% cumplían con la mencionada norma11, cifra muy superior a la documentada en nuestra investigación. Es importante resaltar el área de oportunidad que se tiene con relación a la participación de los médicos residentes en este proceso, por lo que es necesario que se eduque acerca del consentimiento informado desde el pregrado: Galván Meléndez y colaboradores exploraron mediante 13 ítems, el nivel de conocimiento acerca del consentimiento informado en becarios de varias disciplinas del área de la salud (45% de la muestra conformada por médicos internos) encontrando una media de calificación de 4.1 ± 1.1, a pesar de que más del 75% habían cursado material sobre bioética en su formación universitaria12. Esto representa un área de oportunidad para todos los implicados en el proceso de la educación médica: en 2023, Lee y colaboradores documentaron que muchos residentes pueden tener poco claros los conceptos clave del consentimiento informado y que después de implementar instrucción formal acerca del tema mejoró la capacidad de los residentes para brindar información asertiva y obtener un consentimiento informado adecuado en beneficio tanto del paciente como del personal de salud13.

Conclusión

El Consentimiento Informado en el ámbito de la anestesiología tiene una función esencial en cualquier intervenciónquirúrgica. Dicho documento se ha ido procesando en el campo de la medicina como un instrumento que en la actualidad tiene gran valor jurídico por los derechos y obligaciones que derivan de la relación mencionada, así como desde el punto de vista bioético, preservando los principios de beneficencia, no maleficencia, autonomía y justicia. El apego a la NOM–004–SSA3–2012 para el adecuado llenado de consentimientos informados de anestesiología (CIA) en el Hospital de Alta Especialidad de Veracruz corresponde a 13.63%; tales resultados señalan la importancia de supervisar la obtención del CIA, de concientizar acerca de su relevancia ética y legal y de reforzar el conocimiento de las normas oficiales alusivas entre los médicos anestesiólogos tanto en activo como en formación además de buscar estrategias para lograr una comunicación asertiva y empática entre el anestesiólogo y su paciente.

Palabras clave: Anestesia general norma oficial mexicana consentimiento informado de anestesiología

2024-08-15   |   158 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 19 Núm.1. Enero-Junio 2024 Pags. 40-45 Rev Invest Cien Sal 2024; 19(1)